La Sala 4 de la Cámara de Apelaciones de La Pampa confirmó una sentencia que obliga a una abuela a contribuir, de forma subsidiaria, con la manutención de sus nietos si el padre no paga la cuota alimentaria. La decisión fue tomada el 4 de junio por unanimidad.
El fallo original, del Juzgado de Familia N.º 2 de Santa Rosa, había fijado una cuota mensual de $250.000 a cargo del padre y, ante su posible incumplimiento, estableció que la abuela paterna debía cubrir hasta el 10% de su jubilación.
La abuela apeló, alegando que no se consideraron sus condiciones económicas ni se probaron adecuadamente las circunstancias. Sin embargo, la Cámara rechazó el recurso porque no ejerció su defensa oportunamente ni presentó pruebas.
Las juezas destacaron que la madre se hizo cargo sola de los hijos durante mucho tiempo y que el pedido a la abuela se ajusta al Código Civil y Comercial (art. 668), que permite reclamar a los abuelos cuando los padres no cumplen con su obligación alimentaria.