El juez de audiencia de juicio Marcelo Pagano condenó a Juan Luis Del Sol, de 39 años, por considerarlo autor material y penalmente responsable de los delitos vejaciones cometidas sobre un detenido en concurso ideal con lesiones leves; a la pena de un año de prisión de ejecución condicional y dos años de inhabilitación especial para ejercer la función policial.
Además le impuso las siguientes reglas de conducta por el término de dos años: fijación de domicilio y no ausentarse del mismo sin conocimiento del juez de ejecución penal y someterse al Ente de Políticas Socializadoras.
El juicio se desarrolló durante los dias 4 y 5 de abril del corriente año, con la actuación unipersonal de Pagano, la intervención del fiscal general Armando Agüero y la fiscal adjunta María Pía Collazo, mientras que en la defensa del acusado se desempeñó el defensor particular Jerónimo Altamirano.
Las pruebas aportadas en el debate permitieron comprobar que el 9 de septiembre de 2022, alrededor de las 23:15 hs., cuando el damnificado se encontraba demorado en la celda correspondiente a una delegación policial de esta ciudad, fue agredido por internos que compartían el pabellón. Ante esto solicitó ser sacado del mismo y fue así que, junto a otros uniformados, concurrió el sargento Juan Luis Del Sol quien luego de franquearle el paso para que saliera de la zona de celdas, y mientras se encontraba en la zona de ingreso al pabellón, previo manifestarle “te gusta tocar nenas, si no te hubiesen matado adentro, te hubiese matado yo”, lo agredió físicamente con golpes de puño en la boca y patadas en la entrepierna, agresión que culminó gracias a la intervención de un oficial ayudante quien ordenó a Del Sol que cesara con su actitud y dispuso el traslado del damnificado a la Comisaría Segunda donde fue examinado por el médico del Servicio de Sanidad Policial, quien certificó que el damnificado presentaba “lesión cortante en labio inferior».
En los alegatos finales el equipo fiscal solicitó la pena de un año de prisión en suspenso e inhabilitación especial para el ejercicio de la función policial por el término de dos años. Además solicitó reglas de conducta también por el término de dos años.
Por su parte, al momento del alegato de clausura, el defensor requirió la absolución del acusado por aplicación del beneficio de la duda previsto por el art. 6 del CPP.
Pagano expresó en el fallo que “el hecho descripto es constitutivo de los delitos de vejaciones cometidas sobre un detenido en concurso ideal con lesiones leves, ya que nos encontramos ante un funcionario público que golpeó a un detenido que estaba bajo su custodia sin motivo alguno, ocasionándole lesiones de carácter leve”. Y agregó que “en el caso que nos ocupa Del Sol era el personal de mayor jerarquía en la dependencia policial al momento de ocurrencia de los hechos, y por lo tanto tenía a su cargo la custodia del damnificado”.