• 30/05/2025 06:39

Se excedió en su legítima defensa, lo aceptó y fue a prisión

Un hombre de 61 años admitió que se excedió en su legítima defensa, al matar a otro con un cuchillo y firmó un juicio abreviado para ser condenado a cinco años de prisión de cumplimiento efectivo.

El hecho investigado ocurrió entre la noche del 9 de febrero y la madrugada del 10 de este año, en el patio de la vivienda que ambos compartían en la calle Santa Cruz al 1700, en Santa Rosa. Allí Alberto Omar Maldonado agredió a Oscar Alfredo Pérez con un cuchillo, asestándole seis puñaladas en zonas posteriores y anteriores del tronco, que produjeron su fallecimiento.

Previamente al desenlace fatal, los dos hombres habían protagonizado peleas durante todo ese día 9. Inclusive el propio Maldonado fue atacado por Pérez (47 años), quien también portaba un arma blanca, constatándosele lesiones en su cuerpo, por lo que se defendió de esa agresión aunque en forma excesiva.

La sentencia dictada por la jueza de audiencia santarroseña, Alejandra Flavia Ongaro, homologó el abreviado suscripto por el fiscal Andrés Torino, el defensor oficial Marco Mezzasalma y el propio acusado, un jardinero y lavaautos que admitió su responsabilidad.

Por eso fue condenado a cinco años de prisión efectiva como autor del delito de homicidio simple, atenuado por haber sido realizado con exceso en su legítima defensa, y se dispuso su detención inmediata; aunque Maldonado venía cumpliendo con un régimen de prisión preventiva desde el momento del homicidio.

“Las evidencias fueron descriptas de modo detallado y preciso por parte el fiscal, pudiéndose inferir –conforme a las reglas de la sana crítica y teniendo en cuenta además la total y plena conformidad dada por el imputado y su defensor–, que se trataron de pruebas suficientes con las que se acreditó la existencia del hecho y la autoría de Maldonado”, indicó Ongaro en el fallo.

“A esas evidencias sumo aquellas que –a propuesta de la defensa- fueron incorporadas en la audiencia de visu, ello es la declaración indagatoria de Maldonado”, donde reconoció el hecho y detalló que él mismo llamó a la policía y entregó el arma.

Más adelante, Ongaro coincidió con la calificación legal y compartió las razones brindadas por el Ministerio Público Fiscal para modificar el encuadre originario en beneficio del imputado. “Coincido con esta modificación por cuanto, efectivamente de la prueba producida se acreditaron mutuos altercados y peleas que, durante el 9 de febrero y en forma reiterada, protagonizaron entre sí Pérez y Maldonado, portando y utilizando ambos sus respectivas armas blancas y agrediéndose mutuamente”, expresó.

“En ese marco de violencia y agresión, en un momento dado Maldonado con un arma blanca, asestó seis puñaladas en el cuerpo de Pérez, provocándole la muerte de este último. Fue evidente que la conducta de Maldonado frente a la agresión que venía sufriendo por parte de Pérez, reveló, en un primer momento, una reacción originaria alcanzada por el tipo permisivo de la legítima defensa, por cuanto lo que hizo- al menos originariamente- fue repeler o impedir que avanzara la agresión ilegítima que le infligiera Pérez”, resaltó la jueza

“Sin embargo –concluyó–, esa misma prueba acreditó también que esa primigenia y legítima reacción de Maldonado de autodefensa, protegiendo su propia integridad física y su riesgo concreto de muerte, luego mutó en un exceso de aquella en la que se amparó originariamente su conducta. Ello es, un exceso extensivo (la conducta continuó una vez cesada la situación objetiva de justificación) e intensivo (la conducta lesionó más de lo racionalmente necesario)”.