“No tengo dudas que estamos dando un paso muy importante, avanzando sobre consensos básicos, no sólo con la enorme mayoría de los intendentes, sino también con los bloques de la oposición que han entendido la relevancia que adquiere esta ley”, dijo, agradecido, el diputado oficialista Julio González antes de que se pasara a votar la ley que modifica a la que lleva el número 1065, denominada “Estableciendo el sistema de coparticipación a municipios y comisiones de fomento”. La aprobación fue por mayoría, al ser votada afirmativamente por diputados y diputadas de todos los bloques a excepción de la legisladora de Comunidad Organizada.
Previamente González había sido el miembro informante, detallando los 6 objetivos salientes del proyecto enviado por el Poder Ejecutivo: 1) “suavizar la volatilidad de los índices repartidores de la coparticipación: veíamos que de un año a otro los índices informados por los municipios subían o bajaban un 25% o 30%, lo que marcaba una gran distorsión que no se podía seguir aceptando, por lo que se propone un promedio de los últimos 3 años para que esa distorsión se suavice y no sea de semejante violencia de un año a otro; 2) estructurar la incidencia de los recursos propios tributarios y no tributarios: para la redistribución del 40% de la coparticipación, la información de los índices tributarios y no tributarios fueron desnaturalizándose y eso demandaba una corrección para que no siguiera por ese camino. La referencia es que en el año 2017, el 33% eran recursos tributarios y sólo el 7% no tributarios, llegando a la actualidad cuando los recursos tributarios bajaron al 29% y los no tributarios ascendieron al 11%, eso porque algunos gobiernos locales han ido incorporando servicios relacionados con la actividad comercial (estaciones de servicio, por ej.) y/o de provisiones de bienes y servicios (geriátricos, por ej), destinando, para evitar esta tendencia destinada a un subsidio encubierto vía el incremento de los recursos coparticipables de composición actual de los recursos y se le pone un límite a la incorporación de ingresos provenientes de recursos no tributarios, fijándose como permanente el índice al 31 de diciembre de 2022, o sea 29% de recursos tributarios y 11% de no tributarios; 3) uniformar la información, para lo cual se confeccionará un clasificador de recursos que conformará un sistema de información común a todos los municipios, permitiendo, además de su comparación, evitar cualquier criterio subjetivo a la hora de determinar qué recursos se consideran para la determinación de los índices; 4) afianzar la fiabilidad de la información: con la instrumentación de una validación previa de cada Concejo Deliberante, en el caso de los municipios, y del Tribunal de Cuentas, en el caso de las comisiones de fomento; se mejorará la fiabilidad del informe “rendición de ingresos de recursos-ley de coparticipación” que incluirá los recursos propios tributarios y los no tributarios de las comunas; 5) otorgar previsibilidad, estableciendo que la rendición de ingresos de recursos, ante la secretaría de asuntos municipales para que la tesorería general de la provincia elabore los índices a partir de esa información, sean los percibidos entre el 1 de julio y el 30 de junio del año siguiente; y 6) restablecer la equidad distributiva creando el Fondo Adicional de Distribución Poblacional, ya que ante el avance de la participación de los recursos no tributarios se generaron distorsiones perjudicando a las localidades que basan sus finanzas en la recaudación de tasas municipales, asidero fiscal que se encuentra fuertemente relacionado con la población residente en la comuna. La creación de este Fondo implica para las arcas de la provincia un esfuerzo financiero, valuado en términos actualizados de 3458 millones de pesos que pasará en lso sucesivos ejercicios fiscales a manos de las comunas”.
El legislador oficialista también recordó, para destacarlas, a las modificaciones introducidas al proyecto original: “la información que los municipios deberán brindar para la confección del índice coparticipable, que según el proyecto original debía estar intervenido por el organismo de control correspondiente, Consejo Deliberante, Tribunal de Cuentas, según corresponda, y luego sería con una parte el texto, sólo deberá ser remitida al organismo de control correspondiente, Consejo Deliberante, Tribunal de Cuentas, según corresponda, a los efectos de tomar conocimiento. Y se agrega la obligatoriedad de anexar al mencionado informe el resumen bancario del mismo periodo. Es así que se establece que el Poder Ejecutivo Provincial deberá considerar a los efectos de aplicar el criterio establecido en los incisos C y D del punto 1 del artículo 4 de la presente ley, que los importes, en lugar de aprobados, van a ser informes declarados. En vez de aprobados, declarados”.
También el agregado dispuesto al artículo 10 del proyecto original, que sustituye el artículo 17 de la ley 1065, donde el segundo párrafo queda como estaba y se le suma “facúltase al Poder Ejecutivo a establecer la fecha de presentación y el organismo ante el cual las municipalidades y comisiones de fomento deberán presentar el informe Rendición de Ingresos de los Recursos Ley de Coparticipación correspondiente al periodo 1 de julio 2022 al 30 de junio 2023”. Lo mismo que el compromiso, que quedó explícito en un nuevo artículo, que establece la obligatoriedad que una vez sancionada la ley, sea reglamentada en un plazo no mayor a los 180 días.
Pero el bloque oficialista fue más allá, y en la sesión propuso una nueva modificación, atendiendo otro pedido de la oposición: la creación de un observatorio de seguimiento de la aplicación de esta nueva ley, en la que, a demanda de la diputada Laura Trapaglia de Propuesta Federal, la diputada Alicia Mayoral concedió, en nombre de su bloque oficialista, que a su integración se le agreguen un intendente por región.
Para dar a conocer el acompañamiento de su bloque a la aprobación de la iniciativa, intervino el diputado radical Mauricio Agón, aun aclarando que “es una modificación que queda a mitad de camino porque si bien hace una corrección, un análisis, fijando un corte en cuanto a la incidencia de los recursos tributarios y no tributarios, e inclina la balanza del interés de los intendentes al incorporar el 1% por fuera de los índices distributivos. Pero no ataca lo que para nosotros es el fondo de la cuestión, la distribución primaria”, afirmó.
Recordó que “la 1056 es una ley de 1988 cuando las funciones y obligaciones de los jefes comunales no eran las mismas que las que tienen hoy y por lo tanto su modificación debería ser más profunda, como queda explícito en la ley cuando dice que dejamos para más adelante la discusión de la valoración de las estaciones de servicio como recaudación de los municipios que las tienen a su cargo”. Y sobre todo hizo mención a la discrecionalidad como punto que merece una atención especial, “porque se mantiene el excesivo porcentaje a distribuir por la secretaría de asuntos municipales”.
Aun considerándolo un parche, y porque reveló que para los intendentes la modificación propuesta es importante, anunció el voto positivo de las y los diputados radicales. Más adelante, sin ir en contra de la decisión del bloque, los diputados Marcos Cuelle y Francisco Torroba marcaron que la normativa “no ataca las inequidades y por eso no va a tener el impacto esperado por los intendentes”, dijo el primero, y que “queda gusto a poco, es un paso adelante, pero muy corto”, manifestó el segundo.
En su intervención, Trapaglia dijo que “teníamos una expectativa de una modificación sustancial de la ley de coparticipación que redundara en una autonomía mayor para los municipios”, lamentó que “los intendentes electos no hayan sido consultados”, resaltó que “en ninguna otra provincia el 40% del índice coparticipable depende de la recaudación municipal”, reclamó que “no se atiendan condiciones que garantizan la autonomía como el necesario aumento de la masa de coparticipación y una menor discrecionalidad”, pero afirmando que “sin ser suficientes, las modificaciones son necesarias y positivas”, reveló que su bloque votaría en forma positiva.
En el mismo sentido se manifestó el diputado Julio Brindesi, del bloque Movimiento Productivo Pampeano. Dijo que la norma “elimina la inequidad, tiene consenso entre los intendentes que consulté, es importante en cuanto al incremento del fondo adicional y le garantiza a los municipios que ninguno recibirá menos en concepto de coparticipación que el año anterior”.
Haciendo un recorrido histórico de los contextos, exponiendo falencias que ella observaba y cuestionando en general las leyes de coparticipación nacional y provincial, la diputada Sandra Fonseca anunció su voto negativo.
Es así que la totalidad de los legisladores presentes, a excepción de una sola, hicieron ley a la modificación de la que lleva el número 1056.